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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332696
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 1648
RECONSIDERACION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 1648
Si no se funda en ley alguna que establezca la revocación o reconsideración como un recurso ordinario, es indudable que con ello no se interrumpe el término para ocurrir al juicio de garantías contra el acto respectivo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 584/37. Vázquez Vallejo Galdino. 11 de agosto de 1937. Mayoría de tres votos. Ausente: Alonso Aznar Mendoza. Disidente: José M. Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.