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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332699
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 1655
RECONSIDERACION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 1655
No puede decirse que un acto tenga reparación, porque existiendo un error por parte de la responsable, pudo ser pedida la reconsideración ante la misma, pues de no obtenerse éxito en esa gestión, se expondría el causante a que transcurriera el término para presentar la demanda de amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3118/27. Compañía Minera Asarco, S. A. 11 de agosto de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.