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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332757
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2016
CONSTRUCCIONES PROVISIONALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2016
No puede estimarse que el carácter de permanencia de una construcción, lo dé la mayor a menor solidez de la misma o de su cimentación, puesto que es permanente todo aquello que se mantiene en el lugar, con duración, contrariamente a lo provisional, que es lo dispuesto de modo interino y mudable. Por tanto, no pueden considerarse como construcciones provisionales, las que estén destinadas por su dueño a un establecimiento permanente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2279/24. García Pedro. 21 de agosto de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.