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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332825
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2743
JUNTA REVISORA, FACULTADES DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2743
La Junta Revisora no tiene facultades para agravar la situación del causante, cuando la autoridad fiscal no interpone revisión o la interpone sin ajustarse a la ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3368/37. Compañía de Tranvías de México, S. A. 7 de septiembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Jesús Garza Cabello. Relator: Agustín Gómez Campos.