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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332842
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2919
DIFERENCIAS DE CONTRIBUCIONES POR NUEVOS AVALUOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2919
Si los nuevos avalúos que dan origen a un cobro de diferencias, hubiesen sido practicados a solicitud del causante, habría motivos para tener en cuenta la fecha de esa solicitud, para fijar el cobro de diferencias, porque a esa clase de solicitudes se refiere el artículo 1o. transitorio, de la Ley de Hacienda de 1929, pero si dichos avalúos no se practicaron a solicitud del causante, sino por iniciativa del departamento catastral, y con posterioridad, el causante expresó su conformidad con ella y solicitó le sean aplicados, no es a esta solicitud a la que se refiere el mencionado artículo, pues lo que tiene en cuenta este precepto, es la que da origen al cambio de valor de la propiedad.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4258/37. Compañía de Terrenos Mexicanos, S. A. 10 de septiembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo.
Véanse: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo XXXII, página 2138, tesis de rubro "DIFERENCIAS DE CONTRIBUCIONES.".
Tomo XXXVI, página 533, tesis de rubro "DIFERENCIAS DE CONTRIBUCIONES.".
Tomo XLII, página 2421, tesis de rubro "DIFERENCIAS DE CONTRIBUCIONES.".