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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332847
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2962
PROPIEDAD, TRASLACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2962
Las inscripciones o registros de propiedad, jamás pueden purgar los vicios internos o externos de que éstas adolezcan, y que subsisten, aun cuando no hubiese sido declarada la nulidad del contrato en el procedimiento judicial respectivo, máxime, si se toma en cuenta que la invalidación no podrían intentarla los propios afectados, cuando vinculan sus derechos y tratan de sostenerlos precisamente mediante títulos viciados.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3699/36. León V. Félix y coagraviados. 11 de septiembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.