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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332908
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 3955
PRUEBAS, OMISION DE APRECIACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 3955
La omisión del Juez de Distrito a considerar unos documentos ofrecidos como prueba en el amparo, es justificada y no causa agravio, si con ellos se pretende demostrar violaciones no reclamadas en el escrito de demanda.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7107/35. Campero Calderón Angel. 12 de agosto de 1937. Mayoría de tres votos. Disidentes: José M. Truchuelo y Alonso Aznar Mendoza. La publicación no menciona el nombre del ponente.