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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332915
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 3971
ARRENDAMIENTO, CONTRATO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 3971
El contrato de arrendamiento que un particular tenga celebrado con una autoridad, conserva toda su eficacia, y su cumplimiento puede ser reclamado en la vía judicial, a pesar de que la otra parte contratante, o sea la autoridad, llegue a celebrar contratos de arrendamiento con respecto al mismo edificio, y por tanto, el amparo contra tales actos debe sobreseerse, porque en nada afecta los intereses jurídicos del quejoso, máxime, si no se le ha dado la posesión, pues no es de estimarse que llegue a afectarse su derecho posesorio.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2803/37. Elizondo Rogelio G. 18 de agosto de 1937. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José M. Truchuelo. Relator: Agustín Gómez Campos.