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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332929
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 72
PROPIEDAD PRIVADA, COMPETENCIA PARA LA OCUPACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 72
La facultad establecida en la segunda parte de la fracción VI del artículo 27 constitucional, está subordinada al derecho que tiene la nación, representada por sus órganos propios, como son las autoridades federales, o sea, el Congreso de la Unión, para dictar las leyes de carácter federal, en relación con la facultad que tiene la nación de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público y, por lo mismo, no puede entenderse que puedan estar, en algún caso, en contraposición con las facultades que puedan poseer la Legislaturas de los Estados, no respetando esa facultad soberana de la nación, ejercida por sus órganos federales, pues de no ser así, en cada Estado se dictarían medidas contrarias para interpretar el artículo 27 de la Constitución, y a la postre, la nación quedaría excluida del derecho que le concede expresamente aquélla, toda vez que en todos los Estados se legislaría de una manera diferente y la acción de los Poderes Federales quedaría reducida al distrito y territorios lo cual es inadmisible dentro del terreno constitucional.
Precedentes
Tomo LII, página 2948. Indice Alfabético. Amparo 453/37. Prado Pedro Vicente. 4 de junio de 1937. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Agustín Aguirre Garza. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Alonso Aznar Mendoza.
Tomo LII, página 72. Amparo administrativo en revisión 6656/37. Ahumada Antonio. 5 de abril de 1937. Mayoría de cuatro votos. Relator y disidente: Agustín Aguirre Garza. Engrose: José M. Truchuelo.