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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332942
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 244
PETROLEO, IMPUESTOS DE LOS ESTADOS AL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 244
Los Estados no tienen facultad alguna para decretar impuestos que graven la industria del petróleo, por lo que, cualquiera decretado por uno de ellos, es anticonstitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3697/27. Huasteca Petroleum Company. 8 de abril de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Aguirre Garza.