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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332961
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 451
EMBARGOS, DERECHOS DEL PROPIETARIO O POSEEDOR, EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 451
Si una contienda judicial versa exclusivamente sobre si debe embargarse y sacarse a remate una finca que el poseedor asegura no esta obligado a responder del adeudo fiscal que dio motivo a tales actos, y el propietario está en posesión de la finca y disfrutándola, el embargante tiene que respetar esa situación, desde el momento que lo que se embarga es el inmueble, tal como se encuentra, y si está destinado a habitación del mismo propietario, no puede embargársele el derecho de habitar su propia casa, sino únicamente asegurar el inmueble mencionado, y en ese estado deben permanecer las cosas hasta que se resuelva el juicio pendiente, porque de otra suerte, el embargo cambiaría la situación jurídica del afectado y significaría que no solamente con el precio del inmueble se aseguraba algún derecho que el embargante crea poder exigir legalmente, sino que se le molestaría indebidamente en sus posesiones y en su
habitación, sin antes haber resuelto la contienda primeramente mencionada.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5623/36. Covarrubias González María Luz. 14 de abril de 1937. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Jesús Garza Cabello. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: José M. Truchuelo.