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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 332991
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1010
DIAS INHABILES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1010
Es evidente que el legislador, con referencia al artículo 33 de la ley para la calificación de las infracciones a las leyes fiscales, no pudo ignorar que existen los domingos y otros días inhábiles, en los que las oficinas públicas no están abiertas, y sin embargo, de una manera expresa dice que: "Sólo dejaran de computarse los días de fiesta nacional", y aun suponiendo que hubiese sufrido un error o incurrido en un caso de imprevisión, aun así, a la autoridad que juzga no le esta permitido aplicar ese precepto en términos distintos de los que claramente indica. Por tanto, el jurado de infracciones fiscales, al negarse a conocer de un recurso de revisión, por extemporáneo, contando en el término respectivo, los domingos y demás días inhábiles que no son de fiesta nacional, no viola los artículos 16 y 33 de la mencionada ley.
Precedentes
Amparo en revisión 941/37. Sociedad "Benigno Vázquez Sucesores". 24 de abril de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.
Quinta Epoca:
Tomo LI, página 2131. Amparo en revisión 7508/36. Morales Torres Juan. 6 de marzo de 1937. Mayoría de tres votos. Disidente: Alonso Aznar Mendoza. Relator: Agutín Aguirre Garza.
Tomo LI, página 1132. Amparo en revisión 6706/36. Guzmán Beatríz, sucesión de. 13 de febrero de 1937. Mayoría de tres votos. Ausente: José María Truchuelo. Relator y disidente: Aznar Mendoza.
Tomo LI, página 520. Amparo en revisión 7192/36. Benavides Servando. 20 de enero de 1937. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alonso Aznar Mendoza. Relator: Jesús Garza Cabello.
Tomo L, página 411. Amparo administrativo en revisión 5398/36. Paniagua Ortiz Agustín, sucesión de. 16 de octubre de 1936. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alonso Aznar Mendoza y Agustín Aguirre Garza. Relator: José María Truchuelo.