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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333015
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1353
HEREDEROS, AMPARO PROMOVIDO POR LOS, DEFENDIENDO LOS BIENES DE LA HERENCIA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1353
Si el promovente intenta su demanda de amparo, no en nombre de una sucesión, sino por su propio derecho, en su carácter de heredero de la misma, alegando que se le priva de los derechos y posesiones que tiene a que se le pague su haber hereditario, con bienes y productos embargados por las autoridades responsables, es indudable que para decidir sobre la procedencia o improcedencia del amparo que pida contra tales actos, es indispensable admitir y tramitar la demanda respectiva; por la cual, la que presente no puede desecharse.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 1400/37. Martínez Luna José Tereso. 3 de mayo de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.