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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333036
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1608
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, EN CASO DE ADJUDICACION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1608
No por el hecho de que un acreedor se adjudique un inmueble en un remate, puede considerarse que quedó pagado de los réditos correspondientes al préstamo por el que se adjudicó el inmueble y, por tanto, no es legal exigirle el impuesto relativo, máxime, si quedó demostrado que en lugar de obtener alguna ganancia, sufrió quebranto su patrimonio.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 893/37. González Tostado María Trinidad. 8 de mayo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.