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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333058
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1955
PETROLEO, TRASPASO DE DERECHOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1955
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia no acepta que la tesis de que la autorización necesaria para los traspasos de derechos petroleros, sólo tenga como finalidad, que las personas o sociedades incapacitadas por la Constitución o por la ley, no adquieran tales cesiones, porque con ello no llenaría el poder público la función de regular el aprovechamiento de los elementos naturales, susceptibles de apropiación, que le impone el artículo 27 constitucional, ni se justificaría la exigencia de la previa autorización, para tan sólo cuidar que el traspaso no se hiciera a personas incapacitadas, pues siendo nulas las adquisiciones que éstas hicieran, bastaría a la Secretaría de la Economía Nacional el registro de propiedades, para conocer la infracción.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1576/36. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila", S. A. 9 de junio de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.