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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333067
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 2006
IMPUESTOS EN CASO DE PLURALIDAD DE ACTIVIDADES MERCANTILES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 2006
La pluralidad de actos que reportan a la empresa que los ejecuta, diversas utilidades, es el elemento esencial que debe recurrir para que sea aplicable o exigible el impuesto señalado en los artículos 117, 131, 122 y 121 de los planes de arbitrios, de los años de 1925 a 1928, respectivamente, de Tampico, Tamaulipas, por lo que si en autos está demostrado que una empresa sólo ejecutó los trabajos que le encomendó el Gobierno Federal, como simple parte ejecutora de esos trabajos, no está obligada a satisfacer los impuestos que señalan los artículos mencionados.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 317/29. "United Dredging Company". 11 de junio de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo.