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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333099
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 2270
SINDICATOS, PAGO DE IMPUESTOS POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 2270
Como el artículo 70 del reglamento de la Ley de Impuestos Sobre la Renta, se refiere a las asociaciones profesionales que tienen ingresos colectivos, no es aplicable a un sindicato que sea simple mandatario de su empresa, para representar a los sindicalizados, en los contratos de trabajo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 248/37. "José Echeverría y Compañía". 22 de junio de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.