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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333103
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 2318
FIDEICOMISO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 2318
De acuerdo con los artículos 346, 355, 356 y 358 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, el fideicomiso tiene por objeto destinar ciertos bienes a un fin lícito determinado, que se encargará de realizar una institución fiduciaria; y por ningún motivo puede entenderse, que los bienes objeto del fideicomiso, pasen de la propiedad del fideicomitente a la de la institución fiduciaria, pues ésta solo tiene funciones de mero administrador, debiendo cumplir con el acto constitutivo y obrar como buen padre de familia, y demás, es responsable de las pérdidas o menoscabo que los bienes sufran por su culpa; de donde resulta que el aumento o disminución en el costo de las obras objeto del fideicomiso, redunda en perjuicio o beneficio del fideicomitente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 210/37. Compañía Limitada del Ferrocarril Mexicano. 23 de junio de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Garza Cabello.