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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333110
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 2335
SUSPENSION, AGRAVIOS EN LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 2335
Si la autoridad responsable sufre algún perjuicio por la resolución dada en el incidente de suspensión, la sentencia que pronuncie en el juicio de garantías de que se trata, no puede fundar los agravios de la responsable, respecto de dicho perjuicio, ya que la resolución del incidente de suspensión pudo haber sido recurrido oportunamente por ella.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 150/33. Vega Abraham. 23 de junio de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.