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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333143
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 72
AGUAS, REVOCACION DEL ACUERDO QUE LAS OTORGA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 72
Si la primitiva resolución del Departamento Agrario, dictada por virtud de la facultad otorgada en la resolución de dotación de ejidos respectiva, para la accesión de aguas, se constituyó en parte integrante de la misma resolución presidencial, y dicha autoridad modifica tal acuerdo con posterioridad, viola en perjuicio de quien había adquirido derechos por tal resolución, el artículo 2o. del Código Agrario.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1327/36. Vega Almada José de la. 7 de enero de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Aguirre Garza.