Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/333148
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333148
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 100
IMPUESTOS, FIJACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 100
Si el impuesto del timbre ya fue pagado por una sociedad, es indudable que su capital ha mermado en la cantidad que por tal concepto pagó, y debe tomarse como base, el capital primitivo, menos el impuesto ya pagado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2356/31. Compañía Explotadora de Minas en Real del Monte y Pachuca, S. A. 8 de enero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.