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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333155
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 195
IMPUESTOS, CONCESIONES QUE EXCEPTUAN DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 195
Si las contribuciones que se pretende cobrar a una compañía, corresponden a unos lotes comprendidos dentro de los términos de una concesión, por la que estaban exentos de contribuciones, y ésta fue declarada en vigor por la Justicia Federal, en virtud de haberse concedido el amparo pedido por el beneficiario, contra el desconocimiento del contrato concesión respectivo, es indudable que tal cobro es indebido y violatorio de garantías individuales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2461/24. Jones y Compañía. 12 de enero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.