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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333211
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1592
AMPARO, DEMANDA DE, FIRMADA A RUEGO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1592
Si el quejoso en amparo promovió la demanda en nombre propio, no puede considerarse que otra persona lo haya hecho como mandatario, si sólo firmó a ruego del quejoso.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8196/36. Ibáñez Marcelina. 25 de febrero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Agustín Aguirre Garza.