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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333232
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 642
AGRARISMO, INCOMPETENCIA DEL PODER JUDICIAL EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 642
El Poder Judicial de la Federación no puede decidir cuestión alguna de índole agraria, sino que esto toca a las autoridades correspondientes, porque el texto y el espíritu de la Ley Suprema, aparta al citado Poder Judicial, del conocimiento de ese problema, que reviste un carácter eminentemente social y no constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 4985/36. Tamayo Guadalupe y coags. 26 de enero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.