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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333256
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 905
FISCO, COBROS HECHOS POR EL, POR CONTRATOS CIVILES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 905
Si la cantidad que exija el fisco, es la consecuencia de una obligación de carácter civil, contraída por una persona, la obligación debe hacerse efectiva mediante juicio ante las autoridades judiciales, por constituir un adeudo de carácter civil y no fiscal, y es ilegal exigirla mediante el procedimiento económico coactivo, ya que, para que fuera procedente, se necesitaría que en dicho contrato se hubiera admitido la aplicación de ese procedimiento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5909/36. Delgado María. 3 de febrero de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Garza Cabello.