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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333277
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1076
DENEGADA APELACION (LEGISLACION DE YUCATAN).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1076
El recurso que denegada apelación, que por disposición expresa de la ley, no suspende los procedimientos del juicio, no es de los que deben ser agotados antes de ocurrir al amparo, so pena de declarar improcedente éste.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7293/36. Flores Cesáreo, sucesión de. 12 de febrero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.