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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333284
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1144
EDUCACION, EMPLEADOS DE, EN TLAXCALA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1144
Aunque existe la facultad constitucional para que el Ejecutivo del Estado de Tlaxcala remueva o cese libremente a los funcionarios y empleados del Estado, tales remociones sólo pueden hacerse libremente, cuando no estén determinadas de otro modo en la Constitución o en las leyes; por tanto, la que haga respecto de un empleado de educación, es violatoria de garantías, si no se apega a la ley respectiva.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7493/36. Zamorategui Nemesio. 13 de febrero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alonso Aznar Mendoza. La publicación no menciona el nombre del ponente.