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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333292
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1165
PULQUERIAS, SUSPENSION TRATANDOSE DE CLAUSURA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1165
Si se reclama en amparo la orden de la Oficina de Licencias del Departamento del Distrito Federal, para que se clausure una pulquería, y la autoridad señalada como responsable, no rinde el informe previo, la suspensión debe concederse, ya que con ello no se causa perjuicio al interés general, ni se afecta disposición alguna de orden público, puesto que no puede presumirse la razón que exista para la clausura del establecimiento, y como no existe tercero perjudicado, la medida debe concederse sin requisito alguno.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 7036/36. Olivares Carlos. 13 de febrero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.