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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333299
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1269
PETROLEO, CONCESIONES DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1269
No basta la circunstancia de ser solicitante de una concesión petrolera, para considerar al que hace la solicitud, con derecho al fundo petrolero, por el solo efecto de dicha solicitud, pues muy principalmente deben tomarse en cuenta los derechos que se invoquen para fundarla; por tanto, la resolución de la Secretaría de la Economía Nacional, que revoca un permiso provisional concedido a una compañía petrolera, para perforar, no haber solicitado la concesión definitiva, dentro de término señalado por la ley, no puede causarle perjuicio, por el solo hecho de que otro tenga solicitud de concesión confirmatoria, sobre el lote en cuestión.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 619/36. Compañía Mexicana de Petróleo "Cosmos", S. A y coagraviados. 16 de febrero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Agustín Gómez Campos.