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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333301
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1269
PETROLEO, OBLIGACIONES DE LAS COMPAÑIAS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1269
Aun suponiendo que por la aportación hecha por alguien, a favor de una compañía petrolera , para que complete su fondo, se hubiese establecido una asociación entre ambos, por el sólo hecho de que aquella compañía se comprometió a dar un tanto por ciento del producto de la explotación, esto, que establece solamente relación jurídica, entre los asociados, no puede dispensar a dicha compañía del cumplimiento de la ley que le impone, como titular a los derechos del subsuelo, la obligación de solicitar la confirmación de los mismos, y si no lo hace en tiempo oportuno, incurre en la sanción establecida por la ley, y que consiste en darla por desistida de sus derechos con todas las consecuencias.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 619/36. Compañía Mexicana de Petróleo "Cosmos", S. A y coagraviados. 16 de febrero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Agustín Gómez Campos.