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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333335
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1531
PROCEDIMIENTO, VIOLACION AL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1531
Si la violación del procedimiento cometida en un principio, fue reparada después por la autoridad respectiva, no es ilícito declarar inexistente dicha violación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7597/36. Espinosa García David. 24 de febrero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Agustín Gómez Campos no intervino en la discusión del negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.