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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333353
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1679
LIBROS DE LOS COMERCIANTES, REVISION FISCAL DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1679
No es aplicable la fracción XII del artículo 145 de la Ley General del Timbre, al caso en que una sociedad, lejos de resentirse a mostrar los libros de su contabilidad, presente parte de ellos en lugar que no sea su domicilio, y en el que se le pase una visita y, además, pide una supletoria, para presentar los libros que falten, en el lugar donde tienen asiento sus negocios.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6544/36. "Mezquita Gamboa Hermanos". 26 de febrero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.