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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333375
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2133
LICENCIAS ADMINISTRATIVAS, REFRENDOS Y CONCESIONES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2133
Como no es lo mismo, para los efectos legales correspondientes, refrendar una licencia que obtener una nueva, no puede decirse que la cancelación de la de un establecimiento que funcionaba al amparo de la que fue mandada cancelar, sea un acto consumado de manera irreparable, porque había transcurrido el término para refrendar dicha licencia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8467/36. Jaime Elías. 6 de marzo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. Relator: José María Truchuelo.