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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333386
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2264
PETICION, DERECHO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2264
No es causa justificada para que no se dicte la resolución correspondiente a un ocurso, el hecho de que la petición esté ligada a una resolución que se dice ha de dictarse de acuerdo con una consulta de carácter general, formulada a las autoridades superiores.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1832/35. Ortiz Felipe Alonso. 10 de marzo de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo.