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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
333402
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2406

COMPETENCIA EN AMPARO, CUANDO EL ACTO RECLAMADO DEBE EJECUTARSE.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2406

Precedentes

Competencia 219/36. Suscitada entre los Jueces de Distrito, segundo en Materia Administrativa del Distrito Federal y Estado de Guanajuato. 12 de marzo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. Relator: Agustín Gómez Campos. Competencia 170/36. Suscitada entre los Jueces de Distrito, Segundo en Materia Administrativa del Distrito Federal y el del Territorio Norte de Baja California. 13 de octubre de 1936. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José M. Truchuelo. Relator: Agustín Gómez Campos. Quinta Epoca: Tomo XLVIII, página 1568. Competencia 113/36. Suscitada entre los Jueces de Distrito Segundo en Materia Administrativa, en el Distrito Federal y Segundo en el Estado de Chihuahua. 27 de abril de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. Relator: Agustín Gómez Campos.
Registro digital (IUS): 333402