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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333414
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2462
CREDITOS CONTRA EL ERARIO, DESCONOCIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2462
Si no se ha justificado la prescripción de un crédito que ha sido reconocido a una persona, por la Oficina de la Deuda Pública, el desconocimiento de dicho crédito no puede invalidar, por sólo un acuerdo en contrario, los efectos de la liquidación respectiva a que esté sujeto, y aquél es violatorio de los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8052/36. Rosas Reyna viuda de Gómez Angela. 12 de marzo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.