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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333427
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2521
INTERPOSITA PERSONA, PRUEBA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2521
Si un sacerdote adquiere un inmueble y no se comprueba que con los dineros producidos por sus trabajos propios, fue pagado, esto arroja una fuerte presunción de simulación del acto, máxime, si se comprueba la presunción exigida por el artículo 27 constitucional, consiste en que el inmueble estaba regido y administrado por religiosos y dedicado al colegio de enseñanza y propaganda católicas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4528/36. Valverde y Téllez Emeterio. 13 de marzo de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.