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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333433
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2571
URBANIZACION DE COLONIAS (LEGISLACION DE PUEBLA).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2571
El decreto relativo a la urbanización de las colonias del Municipio de Puebla, no implica una modalidad a la propiedad privada, ya que esto requiere de un cambio permanente en alguno de los estatutos del régimen de la propiedad, y aquél solamente establece una condición para que pueda desarrollarse una actividad comercial, como lo es el fraccionamiento de terrenos para urbanizar, hecho por particulares o por una sociedad, con el fin de se garantice la salud, la vida y la seguridad de futuros habitantes del lugar que se trata de urbanizar, en la misma forma que a los constructores de ese futuro centro se les exige, antes de principiar las obras relativas, que presenten sus planos y proyectos al Departamento de Obras Públicas, para su aprobación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7729/36. Banco Hipotecario de Crédito Territorial Mexicano, S. A. 16 de marzo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alonso Aznar Mendoza no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Agustín Gómez Campos.