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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333472
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2937
REMATES, POSESION A CAUSA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2937
Dados los términos de los artículos 104 y 105 de la Ley Orgánica de la Tesorería de la Federación, se desprende que si el postor en cuyo favor se fincó el remate, adquiere la posesión del bien rematado, y después la autoridad respectiva, por no haberse efectuado el remate en los términos legales, ordena su devolución, no infringe precepto legal alguno en contra del rematante.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8695/36. Barrientos Luis. 25 de marzo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Jesús Garza Cabello. Relator: Agustín Aguirre Garza.