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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333511
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 3141
PERSONALIDAD EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 3141
De acuerdo con el artículo 13 de la Ley de Amparo, si las autoridades responsables han reconocido al quejoso personalidad como representante de una sucesión, tal personalidad debe admitírsele en el amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7847/36. Gorozpe de Anzures María de Guadalupe. 31 de marzo de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.