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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333519
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 36
ELECTRICIDAD, PRECIO POR CONSUMO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 36
Aun en el supuesto de que un particular hubiere adquirido derechos para obtener energía eléctrica por un precio especial inalterable, derivado del contrato celebrado entre él y la compañía que suministra la fuerza, esos derechos no pueden prevalecer ante disposiciones de orden público, que determinan que el consumo de energía eléctrica no puede quedar sujeto, respecto a ciertos consumidores, a cuotas especiales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4270/36. Zaldo Hermanos y Compañía. 2 de octubre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.