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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333526
- Clave de tesis
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 48
FACULTAD ECONOMICO COACTIVA EN VERACRUZ, RECURSOS ORDINARIOS CONTRA LA APLICACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 48
Aunque el artículo 5o. de la ley que reglamenta el ejercicio de la facultad económico coactiva en el Estado de Veracruz, concede al deudor del fisco, la facultad de ocurrir ante los tribunales, a reclamar contra los actos de autoridad fiscal, deja al arbitrario de estas autoridades la suspensión de los procedimientos de cobro, y por tanto, no siendo ésta forzosa, sin duda alguna que habrá casos en que, por negarla la autoridad fiscal, no se reúnan los requisitos necesarios para considerar improcedente el juicio de amparo, como aquéllos en que no se demuestre que la autoridad responsable, ordenó la suspensión del procedimiento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4447/36. Compañía Sábalo Transportation, S.A. 2 de octubre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: José María Truchuelo.