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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333533
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 182
PETROLEO, COMPRAVENTA DE TERRENOS PARA LA EXPLOTACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 182
La presunción derivada de la diferencia entre el precio pagado y el del valor de la superficie del terreno, a que se refiere al artículo 152, reformado, del Reglamento de la Ley del Petróleo, sólo puede establecerse en favor de quien ha comprado un terreno para buscar el petróleo y explotarlo, pero no en favor de quien ha pensado venderlo, para que el adquiriente sea quien lo explote, y por tanto, no hay motivo para confirmar los derechos al subsuelo que alegue tener el propietario.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2244/30. Saury Antonio G. 7 de octubre de 1936. Unanimidad de cinco votos.Relator: Jesús Garza Cabello.