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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333543
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 215
IMPUESTOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 215
En materia de impuestos, la interpretación de la ley debe ser estricta, y hay que aplicarla en sus términos y sin dar a éstos más alcance que el que naturalmente tienen, por lo que el cobro que se haga sin apegarse a estas reglas, es violatorio de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6547/35. Compañía "Bluar", S.A. 8 de octubre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. La publicación no menciona el nombre del ponente.