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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333556
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 303
EXPLOTACION FORESTAL, LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 303
Aun cuando la Ley del Impuesto sobre la Explotación Forestal, haya empezado a regir durante la vigencia de un permiso de explotación, no puede considerarse como anticonstitucional, la aplicación del artículo 2o., transitorio, de la misma ley, pues lo que en ella se grava es la primera venta del producto extraído, afectando el que se encontrara en el lugar de la explotación, al entrar en vigor la ley, esto es, vino a gravar las explotaciones posteriores a la fecha de la vigencia de aquélla; en consecuencia, independientemente de los derechos que el concesionario explotador de un producto forestal, haya pagado por usar los terrenos nacionales que le fueron concesionados, tenía la obligación de pagar los impuestos creados por la nueva ley, y por esa razón, es legal exigir el impuesto correspondiente a los productos extraídos en fecha posterior a la del impuesto que grava las explotaciones forestales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4533/36. Burgos Delgado Manuel. 14 de octubre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.