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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333584
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 581
ARTICULO 4o. CONSTITUCIONAL. REGLAMENTACION DEL (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 581
No puede decirse que el gobernador del Estado de Veracruz no tenga facultades para reglamentar el artículo 4o., constitucional, ya que la fracción XXIV del artículo 87, de la Constitución Política Local lo autoriza para expedir los títulos profesionales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2242/36. Ortiz Bolán Felipe. 23 de octubre de 1936. Mayoría de tres votos. Disidentes: José María Truchuelo y Jesús Garza Cabello. Relator: Alonso Aznar Mendoza.