Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/333585
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
333585
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 581

ARTICULO 4o. CONSTITUCIONAL, REGLAMENTACION DEL (LEGISLACION DE VERACRUZ).

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 581

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 2242/36. Ortiz Bolán Felipe. 23 de octubre de 1936. Mayoría de tres votos. Disidentes: José María Truchuelo y Jesús Garza Cabello. Relator: Alonso Aznar Mendoza.
Registro digital (IUS): 333585