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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333600
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 684
PESAS Y MEDIDAS, APARATOS QUE DEBEN MANIFESTARSE CONFORME A LA LEY DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 684
Si según dictamen pericial, unos aparatos utilizados por una sociedad, tienen conexión con las operaciones de compraventa hechas por el público consumidor, de los artículos producidos, ya en las operaciones directas o en las indirectas, porque las medidas que proporcionan esos instrumentos, sirven de base para determinar la cantidad, tanto de la materia prima utilizada como de la mano de obra necesaria para la elaboración del producto, así como también para conocer la calidad del mismo, y toda la descripción de su función aclara que no solamente llenan fines técnicos, sino que también establecen bases cualitativas y cuantitativas, que determinan el precio comercial del producto y fijan la jornada, condiciones de trabajo y pago de salarios, según amplia descripción de dicho dictamen, es indudable que dicha sociedad incurre en la infracción de los artículos 14, 15 y 16 del Reglamento Sobre Pesas y Medidas, si no manifiesta tales aparatos y, por tanto, la multa que se le aplique por dicha infracción es arreglada a derecho.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5671/36. Manuel M. Conde, S. A. 27 de octubre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.