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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333606
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 704
FUNDOS MINEROS, CADUCIDAD DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 704
Aunque una compañía resulte perjudicada con la declaración de caducidad de una concesión minera, no puede decirse que dicha declaración sea violatoria de garantías, si estuvo fundada en una disposición que estaba en vigor al otorgarse la concesión respectiva, y dicha declaración fue hecha por no haberse acreditado la ejecución de trabajos, caso previsto en la ley correspondiente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2948/30. North Mexico Mining Company, S.A. 28 de octubre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Jesús Garza Cabello.