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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333614
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 731
PENSIONES, REVISION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 731
Ni aun suponiendo que la nueva Ley de Secretarías de Estado, confiriera competencia o facultades a la Secretaría de Hacienda, para revisar y autorizar pensiones militares, puede aplicarse a casos definitiva y ejecutoriamente resueltos con anterioridad a su expedición.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 110/36. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 29 de octubre de 1936. Mayoría de tres votos. Disidentes: Jesús Garza Cabello y Agustín Aguirre Garza. Relator: José María Truchuelo.